Seis tips sobre percepciones de ingresos brutos

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Muchas veces no se presta real atención a los componentes impositivos que forman parte del precio final de las facturas ya que, en la mayoría de los casos, el foco se pone sobre el precio de los productos, las bonificaciones por cantidad, o a la financiación.

Además del IVA, en muchas ocasiones el precio final de la factura de compra contiene otros componentes impositivos, y uno fundamental a considerar son las percepciones de ingresos brutos, cuya aplicación depende de los fiscos provinciales, cada uno regulado con sus propias normas. Estos importes no solo incrementan el monto a pagar sino que, muchas veces, pueden transformarse en un verdadero costo.

¿Qué representan los ingresos brutos?

Estas percepciones son un porcentaje del precio neto y, en principio, funcionan como un pago a cuenta del impuesto; ya que, una vez realices tu declaración jurada de ingresos brutos, se podrá descontar del total a pagar el monto de percepciones que te han cobrado mes a mes.

Ya que ese crédito puede transformarse en un gran costo o en un monto difícil de recuperar, conviene prestar atención para evitar perder dinero.

Seis tips sobre percepciones de ingresos brutos

  • La importancia de la jurisdicción

Como dijimos, los ingresos brutos están regulados de acuerdo a los fiscos provinciales a los que corresponden. Por el uso excesivo de abreviaturas, o simplemente por omisión, muchas veces no está claramente identificada la provincia a la que corresponde la percepción. Si eso sucede, hay que solicitar al proveedor que identifique cuál es la jurisdicción y normativa que se aplicó.

Esto es así porque sólo conociendo la jurisdicción podrás saber si corresponde que te apliquen tal o cual percepción, conocer si está bien calculada, y contabilizar correctamente el comprobante.

Si la percepción está correctamente identificada y contabilizada, entonces sí podrás descontarla del monto a pagar en tu declaración jurada mensual de ingresos brutos, evitando errores y posteriores reclamos fiscales.

  • Percepciones temporales

Muchas veces, el agente o proveedor, tiene limitada la posibilidad de devolver la percepción cuando emite una nota de crédito.

En algunos casos, la limitación es temporal, por lo que sólo pueden devolverse percepciones en el mismo mes en que fueron efectuadas.

  • Percepciones por el total

Otras veces, la normativa provincial sólo permite reintegrar la percepción cuando la operación se anula totalmente. Esto quiere decir que no se te devolverá la percepción si se trata de devoluciones parciales o descuentos por pronto pago.

  • Percepciones excesivas

Aunque no hay reglas generales, el proveedor sólo debe aplicar la percepción si la empresa compradora está inscripta en esa provincia. Pero si una empresa realiza una actividad en una provincia en la que no está inscripta, el proveedor también tiene obligación de efectuarle percepción y, muchas veces, en esos casos debe aplicar una alícuota mayor.

Por eso, es importante verificar que se hayan aplicado las percepciones correctas al recibir la factura.

  • Más percepciones excesivas

Ciertas jurisdicciones disponen que, cuando el comprador está inscripto en una provincia y compra bienes en otra provincia, corresponde también aplicar la percepción pero, en este caso, con una alícuota reducida, en función a cada situación impositiva particular.

Por lo que es importante, antes de la primera compra, entregar al proveedor copia de la constancia de inscripción actualizada. Si corresponde, también se deberá entregar la última declaración jurada anual de ingresos brutos.

  •  Compra de bienes de uso

Para la compra de este tipo de bienes, no corresponde la aplicación de percepciones, por lo que es necesario que, al momento de la compra, se entregue al proveedor una nota firmada que informe que los productos adquiridos tendrán para quien lo está comprando el carácter de bienes de uso.

Tener en cuenta
Es necesario estar alerta con estos montos agregados en las facturas y adoptar una actitud activa. Esto te evitará pagar más que lo que corresponde.

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