¡Atención autónomos! La AFIP acaba de dar un respiro. Gracias a la Resolución General 5584/2024, el vencimiento de la primera cuota del anticipo del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales ha sido extendido. Esta prórroga fue confirmada oficialmente en el Boletín Oficial el 14 de octubre de 2024, después de que se anticipara hace algunos días.
¿De qué va esta prórroga?
Básicamente, la AFIP decidió unificar los plazos de vencimiento, que antes dependían de la terminación de tu CUIT, y te da hasta el 25 de octubre de 2024 para pagar. Así que, si ya te preocupaba no llegar, ¡respirá! Ahora, todos los CUIT (sin importar cómo termine) tienen esa misma fecha límite.
Pero, ojo con los métodos de pago
Algo importante: en este primer anticipo, no vas a poder pagar con débito automático, pago telefónico o débito en cuenta a través de cajeros automáticos. Así que asegurate de hacer el pago por otros medios.
¿Y qué pasa con el segundo anticipo?
Para el segundo vencimiento, los plazos son los habituales según tu CUIT:
- CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: 13 de noviembre de 2024.
- CUIT 4, 5 y 6: 14 de noviembre de 2024.
- CUIT 7, 8 y 9: 15 de noviembre de 2024.
¿Y qué hay de Bienes Personales?
Si además te toca pagar Bienes Personales, tenés que saber que acá no hubo cambios, las fechas de vencimiento son las de siempre:
- CUIT 0, 1, 2 y 3: 14 de octubre de 2024.
- CUIT 4, 5 y 6: 15 de octubre de 2024.
- CUIT 7, 8 y 9: 16 de octubre de 2024.
La AFIP te dio un empujoncito con esta prórroga para que puedas organizarte mejor y cumplir sin estrés con tus obligaciones fiscales. Eso sí, ¡marcá bien las fechas en el calendario para no quedarte afuera!